¿Qué es Descubrimiento?

¿Qué es Descubrimiento?

¿Qué es el Descubrimiento en un Caso Penal?

¿Qué es Descubrimiento?El descubrimiento de pruebas es el proceso y la práctica de revelar información (como informes policiales, videos de la brigada, etc.) entre el fiscal (a veces conocido como Fiscal del Estado) y su abogado defensor en relación con las posibles pruebas que el Estado pretende presentar en una audiencia o juicio (y utilizar en su contra en el procesamiento de su cargo penal o de tráfico). En general, el descubrimiento de pruebas en casos de delitos graves se rige por las Reglas 412 a 415 de la Corte Suprema de Illinois, pero la jurisprudencia federal y estatal (es decir, casos anteriores revisados ​​y decididos por tribunales superiores) también proporciona instrucciones útiles para todos los casos penales.

En casos penales de delitos menores, la jurisprudencia impone requisitos diferentes a los de los casos de delitos graves en lo que respecta a estos requisitos de descubrimiento. Lo que usted tiene derecho a recibir en un caso de delito menor se rige por un caso llamado Pueblo v. Schmidt y, por lo tanto, el descubrimiento de delitos menores generalmente se conoce como "Descubrimiento Schmidt". Lo que usted generalmente tiene derecho a recibir incluye 1) una lista de testigos que el Estado tiene la intención de llamar al juicio, 2) una copia de cualquier confesión y 3) cualquier prueba exculpatoria en su posesión (que es evidencia que puede tender a probar o sugerir que el acusado es inocente). En casos de DUI que involucran una Suspensión Sumaria Estatutaria y en audiencias sobre Peticiones para Rescindir la Suspensión Sumaria Estatutaria, se aplican las Reglas Civiles de descubrimiento (en lugar de las Reglas Penales).

¿Cuál es el Propósito Del Descubrimiento?

El propósito del descubrimiento es evitar sorpresas durante o justo antes de una audiencia o juicio. A diferencia de lo que se ve en televisión (ahora lo llamamos "testigo sorpresa"), las normas actuales de descubrimiento están diseñadas para evitar que cualquier testimonio sorpresa y evidencia física de último minuto se divulguen por primera vez durante una audiencia o juicio. Estas normas buscan equilibrar las reglas del juego al exigir a las partes que revelen las pruebas que pretenden utilizar para que cada una pueda prepararse adecuadamente para la audiencia o juicio.

Además de evitar sorpresas, las prácticas eficientes de descubrimiento de pruebas pueden ayudar a las partes a delimitar los problemas y negociar una resolución antes de una audiencia o juicio. Cuando las partes pueden ver todas las pruebas que se utilizarán en su contra en el juicio, tienen una mejor oportunidad de tomar decisiones informadas sobre las fortalezas y debilidades de su caso.

¿Qué Tipos de Pruebas Debe Compartir el Estado?

Existen diversos tipos de pruebas potenciales que ambas partes de un caso podrían presentar en una audiencia o juicio. Algunas de las más comunes incluyen grabaciones de videovigilancia, grabaciones de audio, cámaras corporales de la policía, grabaciones de video de patrullas, testimonios policiales, testimonios de testigos, análisis de ADN, análisis de huellas dactilares, informes policiales, fotografías, informes periciales, testimonios periciales y objetos tangibles.

Según la Regla 412 de la Corte Suprema de Illinois, el fiscal debe proporcionar tipos específicos de evidencia al acusado. (Nota: Esta no es una lista exhaustiva. Para obtener una lista completa, consulte la regla aplicable). Dichos tipos de evidencia incluyen:

  • Una lista de testigos que la Fiscalía tiene previsto citar en el juicio, junto con sus declaraciones escritas o grabadas pertinentes.
  • Cualquier declaración escrita o grabada realizada por el acusado o un coacusado, junto con una lista de testigos que hayan realizado y reconocido dichas declaraciones.
  • Una transcripción de partes de las actuaciones del gran jurado que contengan el testimonio del acusado y el testimonio pertinente de cualquier testigo que la Fiscalía tenga previsto citar en una audiencia o juicio.
  • Cualquier informe o declaración de peritos y una declaración que detalle las cualificaciones del perito.
  • Cualquier documento, foto, papel u objeto tangible que la Fiscalía tenga previsto utilizar en la audiencia o juicio, o que se haya obtenido del acusado o pertenezca a este.
  • Información sobre si la información se obtuvo mediante informantes o métodos de vigilancia.

¿Qué Tipos de Pruebas Debe Compartir la Defensa?

La defensa también está obligada a revelar cierta información a la fiscalía según la Regla 413 de la Corte Suprema de Illinois. (Nota: Esta lista no es textual ni exhaustiva; consulte la regla aplicable). Dichos tipos de evidencia pueden incluir (si el juez lo ordena):

Exigir a los acusados ​​que:

  • Se presenten en una rueda de reconocimiento.
  • Declaren su identificación ante un testigo de un delito.
  • Se tomen las huellas dactilares.
  • Posen para fotografías que no impliquen la recreación de una escena.
  • Se prueben prendas de vestir.
  • Permitan la toma de muestras de sangre, cabello y otros materiales corporales que no impliquen una intrusión irrazonable.
  • Proporcionen una muestra de su escritura; y
  • Se sometan a una inspección física o médica razonable.
  • Presenten informes médicos y científicos, así como declaraciones de peritos que la defensa pretenda utilizar en una audiencia o juicio.
  • Elaboren una lista de defensas que puedan utilizarse en la audiencia o juicio, que incluya:
  • Una lista de testigos, así como sus declaraciones escritas o grabadas.
  • Cualquier libro, papel, documento u objeto tangible que se pretenda utilizar como prueba.
  • Si se presenta una defensa de coartada, información específica sobre el lugar donde el acusado afirma que se encontraba en el momento del presunto delito.

El Estado Debe Compartir Evidencia que Ayude al Demandado

Por lo general, la fiscalía también debe presentar pruebas favorables a la defensa como parte del proceso de descubrimiento de pruebas. La fiscalía también tiene el deber de preservar las pruebas esenciales para la defensa. Según Brady v. Maryland, 373 U.S. 83 (1963), constituye una violación del derecho del acusado al debido proceso si la fiscalía retiene pruebas favorables a la defensa y esenciales para la culpabilidad o la sanción. "Esencial" significa que existe una probabilidad razonable de que su divulgación hubiera alterado el resultado del juicio.

Por lo tanto, el requisito de divulgación también incluye las pruebas exculpatorias. Estas pruebas son cualquier prueba que tienda a demostrar que el acusado no es culpable. Por ejemplo, una prueba exculpatoria podría ser un informe de análisis de ADN hallado en la escena del crimen que no coincida con el ADN de la víctima o el acusado.

¿Qué información podría no ser detectable?

El tribunal puede utilizar órdenes de protección para evitar que se divulgue cierta información privada y puede proporcionar un momento y lugar apropiados para la divulgación permitida de esa evidencia.

En una situación en la que el material descubrible se mezcla con material que no lo es, el Tribunal puede ordenar la escisión del material no descubrible y sellar, incautar y preservar toda la pieza de evidencia en caso de una apelación.

Si es necesario, el Tribunal podrá permitir la exhibición de ciertas pruebas a puerta cerrada (en el despacho del Juez). En tal caso, se sellará, se incautará y se conservará un acta completa de la exhibición para caso de apelación.

El producto del trabajo del abogado son sus impresiones mentales, observaciones y pensamientos subjetivos sobre el caso. Esto rara vez se considera prueba de descubrimiento y no es necesario compartirlo con la parte contraria.

¿Cómo se Comparte el Descubrimiento?

El descubrimiento de pruebas es un proceso continuo que comienza desde el inicio de un caso. Al iniciar la investigación de un delito, la policía comienza a recopilar pruebas. A menudo, entrevistan a testigos, toman fotografías, graban videos, redactan informes y recopilan cualquier prueba tangible. En ocasiones, esto se realiza incluso antes de que el sospechoso sea arrestado.

Las pruebas se guardan en el departamento de policía hasta que el fiscal o el abogado defensor las soliciten. Una vez enviadas las pruebas a un abogado, las normas procesales de Illinois pueden exigir que este entregue una copia de todas las pruebas al abogado de la parte contraria. Sin embargo, generalmente la policía recopila las pruebas y las comparte con el fiscal o el fiscal del estado, quien a su vez las comparte con el abogado defensor.

Las nociones de imparcialidad impiden que cualquiera de las partes presente pruebas relevantes a la contraparte justo antes de una audiencia o juicio. Sin embargo, esto no significa que todas las pruebas del descubrimiento se compartan necesariamente de inmediato. El tiempo necesario para procesar y recopilar pruebas puede variar. Recopilar y compartir pruebas puede ser tan simple como un simple intercambio de correos electrónicos; en otras ocasiones, el proceso puede tardar meses o incluso años, según las circunstancias.

De los dos lados consideren que se han recopilado y compartido todas las pruebas, los abogados las revisarán y desarrollarán estrategias y teorías para el caso sobre cómo proceder de la manera más favorable para su cliente. Esta es una fase crítica en todos los casos, ya que las decisiones más importantes se toman con base en las pruebas disponibles en el juicio. En esta etapa, el acusado puede optar por solicitar un juicio o negociar con la fiscalía para intentar llegar a un acuerdo de resolución o un acuerdo con la fiscalía.

¿Existen Recursos Legales Para la Mala Conducta en el Descubrimiento?

Las medidas correctivas pueden ir desde impedir que la parte infractora utilice ciertas pruebas en el juicio hasta desestimar por completo los cargos contra el acusado. El tribunal también puede considerar ordenar a una parte que presente el descubrimiento de pruebas en cuestión, conceder una prórroga o dictar cualquier otra orden que considere necesaria en las circunstancias.

El Tribunal también puede imponer sanciones a un abogado en particular por el incumplimiento deliberado de una norma u orden de descubrimiento de pruebas. Además, el Tribunal se reserva la facultad de hacer cumplir sus propias órdenes mediante procedimientos de desacato si es necesario.

Si se excluyen ciertas pruebas debido a una violación de la obligación de descubrimiento, a veces puede significar la diferencia entre la culpabilidad y la inocencia. Por ejemplo, en un proceso por posesión de una sustancia controlada, si los jueces se niegan a admitir pruebas de que el laboratorio policial confirmó que la sustancia desconocida era metanfetamina, es casi seguro que el fiscal no podrá probar los cargos contra el acusado.

¿Cómo se Convierte el Descubrimiento en Prueba en el Juicio?

Una vez que las partes hayan completado el proceso de descubrimiento y el Tribunal haya dictado sentencia sobre cualquier cuestión relacionada con el mismo, aún deben presentar formalmente las pruebas en una audiencia o juicio. Por lo tanto, una vez identificada la prueba pertinente y establecida la base (lo que significa demostrar al Juez que se puede confiar en su veracidad y fiabilidad), el Tribunal puede permitir que un elemento del descubrimiento se convierta en prueba real para su consideración en la controversia del juicio. Las partes y el Tribunal se basarán en las Reglas de Evidencia para determinar los argumentos adecuados a favor o en contra de que un elemento presentado sea considerado como prueba para su uso en una audiencia o juicio. Una vez admitido un elemento como prueba en una audiencia o juicio, el juez o jurado puede utilizarlo al considerar el resultado de un caso.

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Desde 1990, los abogados experimentados de Mitchell S. Sexner & Associates LLC han representado a clientes en casos penales y de tráfico en áreas como DUI, robo, agresión, armas, drogas, restitución de licencias y brutalidad policial. El Sr. Sexner es un experimentado ex fiscal del estado, y todos los miembros de los equipos legales cuentan con una amplia trayectoria representando con éxito a clientes y ganando juicios. Llámenos para una consulta inicial gratuita al (312) 644-0444.

Escrito por: Mitchell S. Sexner Ultima Actualización: octubre 20, 2025