Cómo salir de la cárcel en Illinois

Cómo salir de la cárcel en Illinois

Los abogados penales de Chicago en Mitchell S. Sexner & Associates LLC explican la posibilidad de pagar una fianza

Prison Bars¿Qué sucede si usted (o alguien que le importa) ha sido arrestado por un presunto delito y ha sido llevado a la estación de policía para procesarlo y acusarlo? Si se le permite salir de la estación de policía, si se le retiene durante la noche para una audiencia de fianza ante un juez, y si se le permitirá una libertad bajo fianza (en espera de un juicio u otra disposición de los cargos) depende de una serie de factores, todo establecido en el Código de Procedimiento Penal de Illinois, Capítulo 725, Estatutos Compilados de Illinois, Sección 5/110-1 et. seq.

Cada vez que una persona ha sido acusada de un delito, ya sea por un delito menor, delito grave o infracción de tráfico, el acusado siempre debe comparecer ante el tribunal en una fecha posterior frente a un juez. Cuando la policía lo libere de la custodia, debe hacer una promesa de presentarse en la corte. Esta promesa se llama fianza. Es una hoja de papel que describe sus obligaciones con la corte, como su promesa de mantenerse fuera de problemas, presentarse a tiempo para las fechas de la corte, no abandonar la jurisdicción, y a veces incluye otro lenguaje que requiere que se mantenga alejado de la víctima o informar a un oficial de la corte antes de su fecha de corte. Las fianzas varían de un condado a otro y pueden incluir muchos requisitos diferentes.

Liberación de la estación de policía

Puede ser liberado directamente de la estación de policía después de haber sido procesado cuando se le acusa de cualquier violación del Código de Tráfico, violación del Código de Vida Silvestre, otra violación de la Ordenanza y la mayoría de los delitos menores. También puede ser liberado en cualquier caso en que haya sido arrestado con una orden emitida previamente, después de pagar los fondos monetarios necesarios para asegurar la liberación en la estación. El oficial puede liberarlo inmediatamente de la custodia pagando efectivo por un monto de $100, $200 o más. (Los oficiales de paz son personas designadas autorizadas para aceptar la seguridad de la fianza, o para liberar a un arrestado bajo fianza, al igual que los secretarios de la corte).

Los delitos menores no autorizados para la liberación de la estación involucran delitos contra miembros de la familia o del hogar tal como se define en los estatutos de violencia doméstica, como agresión doméstica o una violación de una orden de protección. Como en todos los arrestos por delitos graves, estos arrestos requieren que lo lleven ante un juez para una audiencia de fianza. En esa audiencia, un juez determinará qué cantidad, si corresponde, se establecerá, y qué condiciones pueden ser requeridas por encima y más allá de las condiciones legales.

Siempre que pueda contabilizar el monto en dólares, se le liberará de la custodia. Si no puede pagar la fianza, entonces debe permanecer en la cárcel. Sin embargo, cuando contrata nuestras oficinas, podemos pedirle al juez que baje su fianza y trate de liberarlo de la custodia. Puede comunicarse con Mitchell S. Sexner & Associates LLC en cualquier momento del día al (800) 996-4824.

Bono de reconocimiento personal (I Bond)

Dependiendo de la naturaleza del cargo y su historial criminal pasado, a veces el oficial de policía puede liberarlo de la custodia sin exigirle que pague una cantidad de fianza en efectivo. La Sección 110-2 establece que puede ser puesto en libertad "bajo su propio reconocimiento" si el tribunal es "de la opinión" de que: 1) se presentará ante el tribunal según sea necesario antes o después de una condena, 2) no representan un peligro para la seguridad de la comunidad o para otras personas, y 3) cumplirá con todas las condiciones de la fianza, incluida la entrega de su dirección actual al secretario del tribunal en el comprobante de la fianza, y notificará inmediatamente a La oficina del secretario de cualquier cambio. En Illinois, un bono de reconocimiento se conoce comúnmente como un "I Bond", un bono de reconocimiento personal o "bono de firma". No se le pedirá que pague dinero u otra garantía, ya que su firma en el comprobante de fianza es su garantía.

Violación del bono de reconocimiento personal

Con un bono de reconocimiento personal, aunque en realidad no hay dinero publicado, todavía habrá un monto monetario designado en el comprobante de fianza, que se vuelve relevante solo si no se presenta en el tribunal según sea necesario. Si no se presenta, si no se proporciona una explicación razonable al tribunal que explique su ausencia, el tribunal puede emitir una orden de "pérdida" de su fianza. Si luego no se presenta dentro de los 30 días, o en la próxima fecha programada de la corte si es después de 30 días, la corte puede emitir un fallo de pérdida de fianza, por el monto total en dólares designado en su boleta de fianza. Por ejemplo, si fue puesto en libertad por un delito grave de robo minorista con un I Bond de $10,000, se emitirá un fallo de $10,000 en su contra si no se presenta, y podría estar sujeto a cobro por parte de la oficina del secretario. La Sección 110-2 advierte, sin embargo, que las reglas de la fianza se deben "interpretar liberalmente" para permitir el desacato penal de los procedimientos judiciales en el caso de una violación de la fianza como el método preferido para hacer cumplir las violaciones de la fianza en lugar de una pérdida monetaria.

Casi todos tienen derecho a un monto de fianza razonable

Por supuesto, no todos tienen derecho a ser liberados bajo su propio reconocimiento. Algunos acusados ​​y algunos cargos particulares requieren la publicación de garantías para asegurar razonablemente el cumplimiento de las condiciones de la fianza, y algunos casos pueden requerir la negación total de cualquier fianza, punto. Para que un juez requiera la seguridad de la fianza, la Sección 110-2 requiere que el juez primero encuentre que ninguna otra condición puede asegurar razonablemente que el acusado comparecerá en la corte según lo requerido, que el acusado no representa un riesgo de daño a la comunidad u otros individuos, y que el acusado cumplirá con las reglas y condiciones de fianza establecidas por estatuto o por orden de la corte.

La Sección 110-4 establece que todas las personas están "bajo fianza" antes de una condena, excepto estos delitos donde la prueba es evidente, o la presunción de que el acusado es culpable del delito:

  • Delitos del Capitolio (punibles con la muerte);
  • Delitos por los cuales se puede imponer una sentencia de cadena perpetua;
  • Delitos con prisión obligatoria sin posibilidad de libertad condicional, etc. donde, después de una audiencia, el tribunal determina que la liberación del acusado representaría una amenaza real y presente para los demás;
  • Uso ilegal de un arma bajo la sección 24-1 (a) (4), que implica llevar un arma de fuego en la persona o en un automóvil en, dentro, sobre o dentro de 1000 pies de una escuela, donde después de una audiencia, el tribunal encuentra la amenaza real y presente, y la necesidad de una orden de libertad bajo fianza para evitar llevar a cabo esa amenaza;
  • Acecho/Acecho agravado, donde después de una audiencia, el tribunal dictamina que el acusado es una amenaza real y presente para la presunta víctima y que la negación de la fianza es necesaria para evitar el "cumplimiento de esa amenaza";
  • Hacer/Intentar hacer una amenaza terrorista, nuevamente después de que un tribunal determina que existe una amenaza real y presente, y para evitar que la amenaza se materialice, entonces se permite y es necesario negar la fianza.

En ausencia de cualquiera de estos impedimentos legales para la liberación previa al juicio, el tribunal debe establecer una fianza razonable para permitir que el acusado permanezca en libertad en espera del resultado de su caso (aparte de las restricciones impuestas a él como condiciones de la fianza). Corresponde al Estado demostrar cualquier supuesta necesidad de negar la fianza.

Lo que debe considerar un juez al establecer la fianza

La Sección 110-5 tiene una larga lista de factores que un tribunal puede considerar al determinar qué cantidad de fianza, si corresponde, establecer. Entre estos factores están:

  • la naturaleza y las circunstancias del delito,
  • si hubo uso o amenaza de fuerza involucrada,
  • si estuvo involucrada la corrupción de funcionarios públicos,
  • si estuvo involucrada la amenaza de daño a funcionarios públicos, jueces, fiscales, jurados, testigos, personas mayores o niños,
  • si estuvo involucrado el uso o posesión de armas de fuego, ametralladoras, bombas u otras armas graves,
  • si estaba relacionado con pandillas,
  • si fue un "crimen de odio",
  • la condición/preocupación de la víctima sobre el contacto futuro con el acusado si es liberado,
  • la probabilidad de que se presenten cargos mayores más adelante,
  • la probabilidad de una condena y el posible castigo,
  • el peso de la evidencia,
  • posible motivo del acusado para huir de la jurisdicción,
  • los vínculos del acusado con la comunidad, el empleo, el carácter, la condición mental, los recursos financieros, el historial criminal anterior, el uso previo de nombres de alias o fechas de nacimiento,
  • Si es un ciudadano extranjero, si existe un tratado de extradición con su país de origen.

No hay pautas sobre qué factores pueden pesar más que otros, ya que una audiencia de fianza es realmente una propuesta caso por caso. Hay aproximadamente 600 jueces solo en el condado de Cook, en el estado de Illinois, y los profesionales de la criminalidad a menudo han dicho que uno podría obtener una cantidad de fianza diferente, con diferentes condiciones, de cada uno de ellos.

La presunción de inocencia

En este momento, probablemente se esté preguntando qué sucedió con "La presunción de inocencia", cuando un juez toma una decisión tan apresurada sobre la probabilidad de una condena al considerar la libertad bajo fianza. Quizás se pregunte, ¿cómo niega un juez la fianza de alguien o establece una fianza muy alta, basándose en meras acusaciones? La respuesta, por supuesto, es que sin la presunción de inocencia y el derecho constitucional en virtud de la octava enmienda a la Constitución de los Estados Unidos que prohíbe la fianza excesiva o prohibitiva, no habría fianza en absoluto, y cualquier persona acusada penalmente quedaría bajo custodia pendiente el resultado. Para dar efecto a la presunción, la ley de Illinois establece específicamente que el monto de la fianza, si corresponde, será:

  • suficiente para asegurar (no garantizar) el cumplimiento de las condiciones de la fianza;
  • no opresivo;
  • Considerado la capacidad financiera del acusado.

En los casos de drogas, el tribunal considerará el "valor de venta ambulante" de las drogas ilícitas, con base en la evidencia, o en una presentación de evidencia, presentada por el Estado en la audiencia de fianza. Cualquiera que sea la cantidad o las condiciones que se ordenen inicialmente, esas cantidades o condiciones pueden modificarse en cualquier etapa de los procedimientos por moción del tribunal, o con la debida notificación por parte del Estado o el Demandado, después de una audiencia.

La publicación de fianza o seguridad

Una vez que se ha establecido la fianza, el siguiente paso es que el acusado, o alguien que actúe en su nombre, pague la seguridad requerida, ya sea con el secretario del Tribunal o directamente en la cárcel. La persona para quien se establece la fianza debe ejecutar el comprobante de fianza para ser liberado y contabilizar una cantidad que es el 10 por ciento de la fianza ordenada. El deslizamiento de bonos que sigue se conoce como un "Bono D". Si alguien que no sea el acusado está publicando la fianza como una "garantía", se proporciona un espacio adicional en el formulario para que esa persona ejecute su firma, y ​​para que el acusado reconozca que alguien que no sea él publicó la garantía. El comprobante de fianza contiene advertencias que le dicen a todos los interesados ​​que el dinero de la fianza se puede perder si no se presenta como se requiere, o que los ingresos se pueden utilizar para satisfacer los honorarios de abogados, multas judiciales, costos u honorarios, restitución a una víctima, etc. La oficina del secretario retendrá el 10 por ciento de la cantidad de seguridad publicada como tarifa de procesamiento, aunque en los condados de 3,000,000 o más (Condado de Cook), el secretario solo puede retener hasta $100.00. En casos de delitos graves de drogas de Clase X, en casos de Amenaza terrorista y en algunas otras circunstancias, un juez puede ordenar que el 100 por ciento de la fianza se publique como garantía. El resultado será la emisión de lo que se conoce como un "Bono C", y el 100 por ciento de los ingresos de esos bonos pertenecen al acusado, o su garantía, excepto en la medida en que se pueda sacar dinero para honorarios de abogados, multas, costos judiciales y honorarios, restitución, etc.

¿Quién puede pagar la fianza?

En cuanto a las personas que no sean acusados ​​que puedan publicar seguridad, la única restricción se encuentra en la Sección 110-13. Esto prohíbe que cualquier Abogado que ejerza en Illinois, o cualquier funcionario autorizado para admitir a otro para fianza (juez u oficial de paz) o para aceptar fianza (secretario u oficial de paz), proporcione cualquier porción de fondos o seguridad para obtener la libertad, o para actuar como garantía de cualquier manera. Aparte de eso, cualquiera puede publicar la seguridad de un acusado para asegurar su liberación en espera del resultado de un caso, ya sea familiar o amigo. En cuanto a los tipos de seguridad que pueden publicarse, siempre se acepta efectivo. Si no se desea efectivo, se puede contabilizar el monto en forma de cheque de caja o cheque certificado. Si no hay fondos líquidos disponibles, también se puede contabilizar el valor de la fianza en forma de acciones, bonos o bienes inmuebles, sujeto a ciertas reglas de procedimiento. Si se publican bienes inmuebles, la propiedad debe estar ubicada en Illinois, y debe haber un patrimonio no gravado en la propiedad que cumpla o exceda el monto de la fianza. Obviamente, la publicación de la seguridad monetaria es mucho mejor que tratar de negociar acciones, bonos o bienes raíces, ya que el único procedimiento que debe seguir es contar correctamente el dinero.

Sin armas mientras esté en libertad bajo fianza

Una de las condiciones más importantes de la libertad bajo fianza es la prohibición de la posesión de armas de fuego mientras está en libertad bajo fianza. Cualquier persona que viole intencionalmente esa condición al poseer deliberadamente un arma de fuego en violación de la libertad bajo fianza puede ser acusado de un delito grave de clase 4 por el primer delito de este tipo, y un delito grave de clase 3 por cualquier posterior.

Violación de la fianza

Pero ¿qué sucede si olvida su cita en la corte o simplemente no se presenta? Bueno, obviamente el juez no estará satisfecho y él o ella probablemente harán una de dos cosas diferentes. Es posible que él o ella continúe con su caso hasta otra fecha y que el secretario le envíe una postal por correo informándole de ello. Sin embargo, dependiendo de la naturaleza del crimen y su historial criminal, es probable que el juez emita una orden de arresto. Esto se llama una violación de la fianza cuando el juez decide que usted ha violado los términos de su fianza, ya sea porque fue arrestado por un nuevo delito o porque no compareció ante el tribunal.

Pérdida de fianza

Cuando un juez emite una nueva orden de arresto, es muy probable que el nuevo monto de la fianza sea mayor que el monto original que publicó, y a veces puede ser doble, triple o más. El empleado probablemente no le enviará una postal sobre esto. Si no comparece ante el tribunal por cualquier cargo de delito grave, puede esperar que el juez emita una orden sin fianza, de modo que, si es arrestado por la orden, será llevado directamente ante el juez que emitió la orden en la primera oportunidad. Si no comparece ante el tribunal dentro de los treinta días posteriores a la pérdida de su fianza, es probable que no vuelva a ser puesto en libertad bajo fianza, a menos que el Juez decida que su falta de comparecencia no fue para evitar el enjuiciamiento u obstruir la justicia. Si se encuentra en esta situación, entonces necesita un abogado defensor calificado como los de Mitchell S. Sexner & Associates LLC (800) 996-4824 que conoce la ley y puede ayudarlo a mantenerse fuera de custodia mientras su caso avanza hacia la resolución.

Una violación de fianza es una ofensa criminal

Además de la pérdida de su fianza en efectivo original publicada, y la entrada de un fallo civil por el monto total de la fianza (por ejemplo, si usted emitió $100, se ingresa un fallo de $1,000), si no se presenta en el tribunal el cualquier cargo penal dentro de los 30 días posteriores a la pérdida, puede ser acusado del delito de violación de la fianza. Si originalmente fue liberado por un delito grave, entonces se le cobra como el siguiente delito grave de clase baja, y si se lo liberó originalmente por un delito grave de clase 4, entonces se le cobra como un delito menor de clase A. Si fue liberado originalmente por un delito menor, entonces es la siguiente clase baja, pero no menos que una clase C.

Además, si fue liberado por un cargo que involucra a un familiar o miembro del hogar como la presunta víctima, y ​​viola alguna de las condiciones de la fianza, entonces el cargo de Violación de la fianza es un delito menor de clase A. Si se acusa un nuevo delito penal donde la víctima es un miembro de la familia o del hogar, antes de que pueda ser puesto en libertad bajo fianza en el nuevo caso, debe ser puesto bajo custodia ante el tribunal en el caso original antes de que pueda ser puesto en libertad bajo fianza nuevamente.

Abogados penales con experiencia

Los abogados penales de Chicago en Mitchell S. Sexner & Associates LLC son trabajadores, conocedores y agresivos. Brindamos servicios legales de calidad a nuestros clientes y estamos listos para hacer lo mismo por usted. Si alguien que le importa ha sido detenido por un cargo penal y la fianza se ha fijado demasiado alta, un juez asignado al caso siempre puede revisar (reconsiderar) la cantidad de la fianza si se presenta una moción por escrito.

Cuando contrata a un abogado de defensa criminal de Chicago en Mitchell S. Sexner & Associates LLC, podemos presentar la moción por escrito necesaria para hacer esa solicitud. Luego haremos todo lo posible para reducir la cantidad de su fianza y trabajaremos para liberarlo de la custodia para que pueda ayudarnos mejor a presentar su defensa ante el tribunal. Estamos aquí para usted las 24 horas del día, los siete días de la semana. Llámenos en cualquier momento al (800) 996-4824 y permítanos explicarle cómo podemos ayudarlo hoy en el entorno confidencial de nuestra oficina de Arlington Heights, la oficina de Chicago o en otro lugar cerca de usted. Llama hoy.

Escrito por: Mitchell S. Sexner Ultima Actualización: mayo 4, 2020