Audiencia Preliminar versus AcusaciĆ³n
Digamos que ha sido acusado de un delito grave y la policĆa lo ha arrestado. Se lo retiene durante la noche para una audiencia de fianza, despuĆ©s de lo cual se lo libera con una fianza que pagĆ³ de conformidad con la orden del juez que establece la fianza. En Chicago, de hecho en todo el estado de Illinois, en este momento aĆŗn no ha sido acusado "formalmente" de un delito, a pesar de que se ha presentado una denuncia para examen preliminar ante el tribunal (en su audiencia de fianza, la denuncia fue presentado y el juez determinĆ³ que establecĆa correctamente un delito que justificarĆa el establecimiento de una fianza y seguir adelante con la acusaciĆ³n). Ahora le corresponde al Estado acusarlo formalmente de los delitos graves correspondientes.
Se Debe Encontrar Una Causa Probable En Casos De Delitos Graves
Para que se le acuse formalmente de un delito grave, hay un paso adicional en el proceso que no existe cuando se le acusa de un delito menor. Para un delito grave, debe haber una determinaciĆ³n independiente de que existe una ācausa probableā que determine que realmente ocurriĆ³ un delito y que usted fue la persona que cometiĆ³ dicho delito. Este procedimiento no es un juicio real sobre el fondo y no se estĆ” determinando su culpabilidad o inocencia. Pero en esta etapa, debe haber alguna evidencia que justifique que lo retenga para un juicio posterior, ya sea por un juez o por un jurado. Hay dos mĆ©todos que estĆ”n a disposiciĆ³n del fiscal para obtener este "hallazgo de causa probable":
- Pueden proceder en secreto ante un Gran Jurado, O
- Pueden proceder en audiencia pĆŗblica en lo que se denomina Examen Preliminar o Audiencia Preliminar.
El Abogado Del Estado ElegirĆ” el Procedimiento
SegĆŗn la experiencia de nuestro bufete de abogados, cuando se trata de quĆ© mĆ©todo seguirĆ” el Estado, la decisiĆ³n depende de varios factores:
- La naturaleza del delito en sĆ
- Los antecedentes penales del acusado
- Si el caso involucra testigos civiles o agentes de policĆa y otras consideraciones prĆ”cticas.
En el condado de Cook, hay seis (6) distritos municipales separados, y en cada uno la Oficina del Fiscal del Estado tiene su propia forma de hacer las cosas. Por ejemplo, en Chicago, el Estado tiende a proceder a travĆ©s de un Gran Jurado en delitos de violencia en los que hay vĆctimas civiles, en juicios de narcĆ³ticos de alto nivel y en otros casos en los que se considera ventajoso no permitir que un acusado cruce. examinar a sus testigos en esta etapa temprana. Sin embargo, en los condados de DuPage, Will, Kane y McHenry, tienden a llevar casi todos los delitos graves al Gran Jurado.
Como punto de procedimiento, cabe seƱalar que si estĆ” detenido bajo custodia, el Estado debe obtener el hallazgo de causa probable dentro de los 30 dĆas posteriores a su arresto; si lo liberan bajo fianza, tienen hasta 60 dĆas. Si no obtienen una acusaciĆ³n de un gran jurado o no tienen la audiencia preliminar dentro de esos plazos, entonces los cargos preliminares deben ser desestimados y usted serĆ” liberado de la custodia o de las condiciones de su fianza. Pero no se emocione demasiado, porque el Estado aĆŗn puede volver a presentar los cargos en su contra, en cualquier momento dentro del Estatuto de Limitaciones aplicable (generalmente 3 aƱos en la mayorĆa de los delitos graves), y luego lo pueden volver a poner bajo custodia y volver a pagar la fianza. La ClĆ”usula de āDoble Riesgoā de la Sexta Enmienda no se aplica, ya que aĆŗn no se ha enfrentado a Jeopardy en un juicio sobre el fondo.
ĀæQuĆ© es una Audiencia Preliminar?
Como se indicĆ³ anteriormente, para que el Estado pueda proceder a un juicio basado en su arresto por delito grave, debe haber una determinaciĆ³n de causa probable. Cuando el Estado opta por proceder ante un juez, se denomina audiencia preliminar. No es un juicio basado en los mĆ©ritos, sino que es una audiencia limitada diseƱada para permitir que un juez determine si alguna vez deberĆa haber un juicio en el futuro. Para que el juez determine si hay suficiente evidencia para que el caso proceda, los fiscales llamarĆ”n a testigos para que den testimonio en la corte. Su abogado defensor podrĆ” interrogar e interrogar a esos testigos, aunque normalmente el fiscal sĆ³lo llamarĆ” a una persona para que testifique; eso de ser un oficial de policĆa.
Lo que diferencia esta etapa de un juicio es que la acusaciĆ³n no necesita probar que usted cometiĆ³ el crimen mĆ”s allĆ” de una duda razonable. Solo necesitan convencer al juez de que existe una causa probable para creer que se cometiĆ³ un delito de acuerdo con los cargos.
ĀæQuĆ© Pasa Si No Se Encuentra Una Causa Probable?
Si el juez decide que no hay pruebas suficientes de esto, el caso puede ser sobreseĆdo en ese momento. Luego, el Estado puede optar por que los cargos por delitos menores que correspondan sean transferidos a la sala de un tribunal de delitos menores para su enjuiciamiento, o simplemente permitir la desestimaciĆ³n de los cargos por delitos graves.
Incluso en circunstancias en las que se desestiman los cargos, el fiscal puede optar por volver a presentar los cargos en un momento posterior. Pueden acudir a un Gran Jurado, en secreto, como se describe a continuaciĆ³n. El Ćŗnico requisito adicional que se le impone al Estado, si lo hace, es alertar a los Grandes Jurados sobre la audiencia preliminar anterior y el hecho de que la sentencia judicial no tiene causa probable. La transcripciĆ³n de la audiencia preliminar debe estar disponible para el Gran Jurado cuando lo soliciten. Es nuestra experiencia que, en los casos en que el Estado quiere procesarlo, no se dejarĆ”n disuadir por la determinaciĆ³n de un juez de que no hay causa probable, y acudirĆ”n al Gran Jurado.
ĀæPuede Testificar en Su Audiencia Preliminar?
En un examen preliminar, tiene derecho a testificar en su propio nombre, llamar a sus propios testigos y presentar cualquier prueba que sea relevante para su caso. Sin embargo, como dijimos anteriormente, no estĆ” siendo juzgado. Incluso si logra convencer al juez de que no existe una causa probable, el Estado aĆŗn puede ir en secreto y obtener su acusaciĆ³n. Durante este procedimiento, si testifica, se someterĆ” a un testimonio bajo juramento, bajo juramento y en acta. Luego, el Estado puede utilizarlo en cualquier procedimiento posterior como testimonio jurado previo. AdemĆ”s, al testificar, usted ha alertado al Estado sobre cuĆ”l serĆ” su defensa y le ha dado la posibilidad de investigar su versiĆ³n de los hechos para desmantelar su defensa en un juicio posterior. Por lo tanto, generalmente aconsejamos a nuestros clientes que no asuman el estrado de los testigos durante una audiencia preliminar, que no llamen a testigos ni presenten pruebas que, en Ćŗltima instancia, se disputarĆ”n en el tribunal en una fecha posterior.
Por supuesto, no tiene que obligar al Estado a proceder a una Audiencia Preliminar o acudir al Gran Jurado. Uno puede renunciar a su derecho a una determinaciĆ³n independiente de causa probable y aceptar permitir que se presenten los cargos formales. Ya sea que un juez encuentre una causa probable o usted renuncie a la audiencia, el Estado presentarĆ” una InformaciĆ³n, que alegarĆ” todas y cada una de las ofensas que podrĆan derivarse razonablemente de la evidencia. De hecho, hay casos en los que es ventajoso renunciar a la audiencia, aunque no demasiados en nuestra opiniĆ³n. Usted y su abogado defensor pueden discutir la importante decisiĆ³n de renunciar o no a su derecho a una audiencia preliminar.
ĀæQuĆ© es una AcusaciĆ³n?
Un Gran Jurado es una alternativa a una audiencia preliminar y la elecciĆ³n recae Ćŗnicamente en el fiscal o el Fiscal del Estado. En algunos condados, en lugar de presentarse ante un juez para una audiencia preliminar (como es comĆŗn en el condado de Cook y Chicago), cuando se le acusa de un delito, el fiscal generalmente elige enviar su caso ante un gran jurado (como es mĆ”s comĆŗn en los condados de DuPage, Lake, Kane, Will y McHenry).
Un gran jurado consiste en un grupo de personas de la comunidad que escucharĆ”n la evidencia presentada por la fiscalĆa. Por lo general, NO estĆ” invitado a este procedimiento, ni tampoco su abogado, por lo que su abogado de defensa criminal no podrĆ” interrogar a ningĆŗn testigo, a diferencia de una audiencia preliminar. DespuĆ©s de la presentaciĆ³n de la fiscalĆa, el gran jurado decidirĆ” si existe una causa probable para creer que el acusado cometiĆ³ un delito, en lugar de que lo decida un juez. Si creen que se ha demostrado una causa probable, se emite una acusaciĆ³n. Esto significa que el caso se asigna luego a otra sala de audiencias donde continĆŗan los procedimientos legales, tal como sucede despuĆ©s de una determinaciĆ³n de causa probable despuĆ©s de una audiencia preliminar.
Tome nota: El Gran Jurado no necesita ser unĆ”nime en su decisiĆ³n, lo que contrasta con un juicio, donde el Jurado debe ser unĆ”nime para emitir un veredicto de culpable o no culpable. Los abogados litigantes experimentados han dicho a menudo que "un gran jurado acusarĆ” un sĆ”ndwich de jamĆ³n si el estado asĆ lo desea". La clave de esa oraciĆ³n es, "si el Estado asĆ lo desea". Hemos visto casos recientes en otros estados donde policĆas fueron acusados de crĆmenes violentos contra individuos y el Estado acudiĆ³ a su gran jurado aparentemente buscando una acusaciĆ³n formal. Ā”Pero he aquĆ! Los grandes jurados no encontraron una causa probable y se negaron a presentar cargos.
Tome nota: El Gran Jurado no necesita ser unĆ”nime en su decisiĆ³n, lo que contrasta con un juicio, donde el Jurado debe ser unĆ”nime para emitir un veredicto de culpable o no culpable. Los abogados litigantes experimentados han dicho a menudo que "un gran jurado acusarĆ” un sĆ”ndwich de jamĆ³n si el estado asĆ lo desea". La clave de esa oraciĆ³n es, "si el Estado asĆ lo desea". Hemos visto casos recientes en otros estados donde policĆas fueron acusados de crĆmenes violentos contra individuos y el Estado acudiĆ³ a su gran jurado aparentemente buscando una acusaciĆ³n formal. Ā”Pero he aquĆ! Los grandes jurados no encontraron una causa probable y se negaron a presentar cargos.
Cuando el Estado quiere una acusaciĆ³n, presenta la cantidad mĆnima de evidencia a los grandes jurados, para que su decisiĆ³n parezca clara. Cuando el Estado prefiere no proceder, a menudo cargan la audiencia con tantos testigos, algunos de los cuales estarĆan presentando pruebas para el acusado, de modo que el gran jurado ignora su funciĆ³n y no encuentra una causa probable basada en la totalidad de los hechos. evidencia que se les dio. Nuevamente, si un gran jurado no encuentra una causa probable, no hay nada que impida que un fiscal vuelva a intentarlo. Cuando el Estado no persigue a un acusado en estas circunstancias, uno puede sacar sus propias conclusiones sobre las motivaciones del Estado.
ComunĆquese con Mitchell S. Sexner & Associates LLC para Obtener Ayuda
Si lo acusan de un delito mayor, un abogado de defensa criminal puede ayudarlo a navegar en este momento difĆcil. Ya sea que su caso involucre una audiencia preliminar o un gran jurado, la clave del Ć©xito es un abogado defensor criminal con experiencia a su lado. Los abogados de defensa criminal de Mitchell S. Sexner & Associates LLC entienden que puede estar nervioso o tener preguntas, por lo que estamos aquĆ para ayudarlo lo mejor que podamos. Puede comunicarse con nosotros las 24 horas del dĆa, los 7 dĆas de la semana, con ubicaciones convenientes de oficinas no solo en Arlington Heights y Chicago, sino tambiĆ©n con disponibilidad en otros lugares de Illinois. ContĆ”ctenos al (800) 996-4824 para una consulta inicial gratuita.