Cuando una persona enfrenta cargos de agresión, es posible que no sepa qué hacer. Pueden preguntarse si irán a la cárcel. Es posible que no entiendan lo que significa asalto. Las personas escuchan "asalto y agresión" todo el tiempo y pueden pensar que las palabras son intercambiables. Sin embargo, las dos acciones son jurídicamente diferentes.
En sus términos más simples, el asalto es cuando la víctima teme un contacto dañino inminente, y la agresión es el contacto físico real. Los Estatutos Compilados de Illinois explican que “[una] persona comete una agresión cuando, sin autorización legal, él o ella a sabiendas se involucra en una conducta que hace que otra persona tenga temor razonable de recibir una agresión”. En otras palabras, alguien amenaza o actúa de manera amenazante hacia otra persona de tal manera que la otra persona tiene un temor razonable por su seguridad sin ser tocada físicamente. La agresión ocurre cuando una persona es tocada físicamente.
En Illinois, la agresión varía de simple a agravada y también puede implicar un delito sexual. El asalto simple es un delito menor de Clase C punible con hasta 30 días de cárcel, libertad condicional, servicio comunitario y/o una multa. El asalto agravado es un delito menor de Clase A que puede ser punible con hasta un año de cárcel, libertad condicional y una multa. El asalto agravado también puede ser un delito grave, dependiendo de las circunstancias que rodeen el presunto asalto. La agresión sexual es típicamente un delito grave de Clase 1. Hay muchos factores involucrados en la defensa de un cargo de agresión, comenzando por comprender qué condujo a la supuesta agresión.
Posibles Defensas
La primera defensa de un cargo de asalto es determinar si ocurrió un asalto. Recuerde que la definición de agresión depende de la “aprensión razonable” que la persona siente cuando ocurre la supuesta agresión. La percepción de miedo o amenaza de una persona varía según las circunstancias que rodean el presunto asalto. Esas circunstancias incluyen a las personas involucradas en el evento.
Imagina a una persona acercándose a otra y diciéndole: “Te voy a lastimar”. Supongamos que la primera persona lleva un libro grande que agita, pero ningún arma ni ningún elemento que la segunda persona crea que es un arma. En esta situación, la segunda persona puede pensar que las palabras son una broma o no sentir que su bienestar esté amenazado. Un juez o jurado puede decidir que la acción no es una agresión criminal, aunque la primera persona le haya dicho a la segunda que la lastimaría porque las palabras por sí solas no son suficientes para constituir una agresión.
Sin embargo, imagina si la primera persona lleva un bate, un palo o un cuchillo de forma casual, camina hacia la segunda persona y le dice: “Te voy a lastimar”. En esa situación, la percepción puede cambiar sobre qué acciones y palabras constituyen una amenaza. La segunda persona aún puede sentirse segura porque el bate, el palo o el cuchillo no los está apuntando.
Ahora imagina si la primera persona apunta con el bate, el palo o el cuchillo a la segunda persona y dice: “Te voy a lastimar”. En este caso, la percepción cambia aún más. La segunda persona puede sentir que está en peligro y que las palabras, junto con el arma que le apunta, ahora implican una amenaza para su seguridad.
La defensa que su abogado crea para usted se basará en los hechos de su caso. Si no actuó de manera amenazante hacia la persona que afirma haber sido agredida, es posible que se retiren los cargos.
Ahora imagina si la primera persona apunta con el bate, el palo o el cuchillo a la segunda persona y dice: “Te voy a lastimar”. En este caso, la percepción cambia aún más. La segunda persona puede sentir que está en peligro y que las palabras, junto con el arma que le apunta, ahora implican una amenaza para su seguridad.
La defensa que su abogado crea para usted se basará en los hechos de su caso. Si no actuó de manera amenazante hacia la persona que afirma haber sido agredida, es posible que se retiren los cargos.
Una segunda defensa es la defensa de uno mismo, de otra persona o de la propiedad. De acuerdo con los Estatutos compilados de Illinois, la autodefensa significa que usted actuó de cierta manera porque era "necesario para defenderse". La fuerza letal a veces incluso se puede usar si era "necesaria para evitar una muerte inminente o un gran daño corporal" para usted o para otra persona. Tenga en cuenta que la clave es "muerte inminente o gran daño corporal". Para que esta defensa sea aplicable, la persona que ha denunciado que fue víctima de una agresión debe haber, a su vez, agredido o amenazado a la persona imputada.
Relacionado con la defensa propia está la defensa de que estabas protegiendo a otra persona o tu propiedad. Los Estatutos Compilados de Illinois son claros en cuanto a que una persona debe creer razonablemente que la fuerza fue necesaria para evitar lesiones a sí misma, a su propiedad o a otros.
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Mitchell S. Sexner & Associates LLC es un equipo experimentado en defensa penal y sabemos cómo llevar a cabo una defensa penal adecuada. Con todos los factores que intervienen en la defensa de un cargo de agresión, es importante que su abogado tenga experiencia en el área de la agresión y pueda ser un ferviente defensor de usted. Tenemos más de 30 años de experiencia al servicio de nuestros clientes en asuntos relacionados con cargos de agresión, podemos ayudarlo.
Comuníquese con los abogados defensores de asalto y agresión de Mitchell S. Sexner & Associates LLC al (312) 644-0444 para una consulta sobre su caso. No pases por esto solo y no te preocupes. Permítanos ser su defensor.