Ley Criminal y de InmigraciĆ³n en Chicago
Casos de InmigraciĆ³n y Criminals / TrĆ”fico
Ha sido arrestado y acusado de una infracciĆ³n del cĆ³digo penal de Illinois o de una infracciĆ³n de trĆ”fico grave, como conducir bajo los efectos del alcohol, o de no tener una licencia vĆ”lida. EstĆ” preocupado porque sabe que no es ciudadano de los Estados Unidos y se pregunta si esto tendrĆ” un efecto negativo en su derecho a estar aquĆ en este paĆs. Mientras estamos aquĆ en Mitchell S. Sexner & Associates LLC. No somos especialistas en las Ć”reas de inmigraciĆ³n y naturalizaciĆ³n, nos concentramos en las Ć”reas de leyes penales y de trĆ”nsito y somos sensibles a las preocupaciones que nuestros clientes no ciudadanos tienen cuando enfrentan cargos en los tribunales. Como tal, nos esforzamos por lograr resultados que evitarĆ”n cualquier impacto negativo en su estado legal, o al menos minimizarĆ”n dicho efecto tanto como sea posible en cada caso.
RemociĆ³n (DeportaciĆ³n)
Un ciudadano estadounidense de nacimiento no estĆ” sujeto a remociĆ³n (formalmente llamado deportaciĆ³n) y es admisible en cualquier cruce fronterizo (con identificaciĆ³n adecuada). Con la excepciĆ³n de las acciones de expulsiĆ³n u objeciones de admisibilidad en un cruce fronterizo basadas en fraude de documentos, fraude en el proceso de solicitud, etc. (como los criminales de guerra nazis que ocultaron su estado cuando solicitaron la admisiĆ³n y la naturalizaciĆ³n, que luego serĆ”n descubiertos por el gobierno), los ciudadanos naturalizados tampoco pueden ser removidos o negar la admisiĆ³n en un cruce fronterizo. Son los extranjeros residentes, los visitantes de placer y negocios no inmigrantes y los que se encuentran ilegalmente en los EE. UU. Los que tienen que "tener cuidado".
Advertencias de InmigraciĆ³n en la Corte Criminal
La Corte Suprema de los Estados Unidos decidiĆ³ hace varios aƱos que el hecho de no informar a un acusado penal sobre las consecuencias de inmigraciĆ³n de una declaraciĆ³n de culpabilidad por un cargo de drogas constituĆa una asistencia ineficaz de un abogado y una renuncia inconsciente a su derecho a un juicio y a mantener el gobierno a su prueba de "mĆ”s allĆ” de toda duda razonable". Incluso antes de esa decisiĆ³n, Illinois reconociĆ³ la necesidad de advertir a los acusados extranjeros de que su declaraciĆ³n de culpabilidad podrĆa tener consecuencias migratorias negativas, incluida la expulsiĆ³n, o que se les puede negar la admisiĆ³n en un cruce fronterizo. La ley actualmente requiere que un juez declare en el expediente:
Si usted no es un ciudadano de los Estados Unidos, se le informa de que la condena del delito por el cual usted ha sido acusado puede tener las consecuencias de la deportaciĆ³n, la exclusiĆ³n de admisiĆ³n a los Estados Unidos, o la negaciĆ³n de naturalizaciĆ³n bajo las leyes de la Estados Unidos.
A veces, el delito en particular puede no tener ningĆŗn tipo de efecto en una situaciĆ³n migratoria, pero como el juez es muy probable que no estĆ”n familiarizados con las leyes de inmigraciĆ³n actual o en la prĆ”ctica, Ć©l o ella probablemente le darĆ” a la advertencia porque es requerido por la ley. Esto a menudo crea un momento incĆ³modo cuando el acusado luego se vuelve hacia su abogado, con una mirada que dice "ĀæquĆ© me estĆ”s haciendo"? En circunstancias en las que el abogado no haya advertido a su cliente de esta etapa de la declaraciĆ³n de culpabilidad, puede requerir que se detenga el procedimiento de declaraciĆ³n de culpabilidad hasta que el acusado pueda consultar con su abogado sobre este hecho, lo que provocarĆ” una demora y ansiedad innecesarias para todos los involucrados.
Preocupaciones de los Residentes Permanentes Legales
Entonces, ĀæcĆ³mo se sabe si un caso determinado puede tener un impacto negativo en su estatus migratorio? Es necesario leer el CĆ³digo de los Estados Unidos, el CĆ³digo de Regulaciones Federales y las Opiniones del Fiscal General; no es un esfuerzo fĆ”cil. Pero un abogado eficaz sabrĆ” cĆ³mo su estado migratorio particular puede verse afectado negativamente por un cargo criminal o de trĆ”fico al hacerlo en su nombre.
Si usted estĆ” aquĆ en los EE.UU. como un residente legal permanente (comĆŗnmente llamado un destinatario "Green Card"), que disfruten de los mismos derechos y privilegios que los ciudadanos de Estados Unidos lo hacen, excepto que no se puede votar en cualquier elecciĆ³n, y que se limitan a la forma de cuĆ”nto tiempo puede viajar al extranjero fuera de las fronteras, territorios o estados libres de los EE. UU. (Guam, Puerto Rico, etc.) "Tarjetas verdes" se emiten actualmente con fechas de vencimiento a 10 aƱos, con el fin de animar a la gente a buscar la naturalizaciĆ³n. Por supuesto, uno puede mantener el estado de LPR indefinidamente, pero la tarjeta debe renovarse cuando expire o cuando el documento ya no sea una prueba vĆ”lida de estado. Entonces, la renovaciĆ³n de la tarjeta o la solicitud de naturalizaciĆ³n son eventos que probablemente traerĆ”n el escrutinio del USCIS (el Servicio de CiudadanĆa e InmigraciĆ³n de los Estados Unidos) y posiblemente del ICE (Servicio de Control de InmigraciĆ³n).
Si usted estĆ” aquĆ legalmente como visitante, que estĆ”n mĆ”s restringidos en su capacidad para salir de los EE.UU. y luego regresar, no puede poseer bienes raĆces, o de otra manera establecer si mismo de forma permanente, y un caso criminal o de trĆ”fico puede plantear problemas en una frontera que cruza la prĆ³xima vez que intente ingresar a los EE.UU. con una visa de visitante. Si actualmente se encuentra aquĆ ilegalmente, ya sea por una entrada inicial sin ser inspeccionado y sin un pasaporte y visa, o por quedarse mĆ”s tiempo de una visa despuĆ©s de que venciĆ³ y permanecer ilegalmente, no tiene libertad para "entrar y salir" de los EE. UU. los enredos con las fuerzas del orden pĆŗblico pueden llevarlo a un proceso de "deportaciĆ³n" simplemente debido a su situaciĆ³n ilegal. Por lo tanto, esta discusiĆ³n se enfocarĆ” completamente en lo que causarĆ” que uno sea removido de un estatus legal o que se le prohĆba la admisiĆ³n en un cruce fronterizo luego de una inspecciĆ³n y entrevista.
La Ley de InmigraciĆ³n y Nacionalidad detalla las muchas bases por las cuales a un extranjero se le puede negar la entrada en un cruce fronterizo por ser inadmisible. Otra secciĆ³n detalla a los extranjeros sujetos a procedimientos de deportaciĆ³n por su conducta criminal. Ambas secciones detallan varias ofensas y sentencias que resultarĆ”n en la denegaciĆ³n de admisiĆ³n o expulsiĆ³n. Pero todos ellos, con una excepciĆ³n, requieren una "condena" segĆŗn lo define la Ley de InmigraciĆ³n y Nacionalidad. El hecho de que algunos profesionales no se den cuenta de que lo que constituye una "condena" segĆŗn lo define la ley en Illinois es muy diferente a la definiciĆ³n de inmigraciĆ³n a menudo puede resultar en consecuencias no anticipadas.
ĀæQuĆ© es una Condena por Motivos de InmigraciĆ³n en Chicago?
SegĆŗn la definiciĆ³n de inmigraciĆ³n, una "condena" implica CUALQUIER hallazgo de culpabilidad, ya sea mediante un juicio ante un juez, un jurado o una declaraciĆ³n de culpabilidad. Sin embargo, no termina ahĆ, ya que CUALQUIER admisiĆ³n de hechos que puedan respaldar los elementos de un delito penal se puede utilizar de la misma manera que una declaraciĆ³n de culpabilidad, incluso si no se presentaron cargos penales o si los cargos fueron enmendados por un delito menor o de otro tipo. Compare eso con Illinois, donde hemos diferido disposiciones como la supervisiĆ³n judicial y enjuiciamientos diferidos como el Programa de Iniciativa para Delincuentes, que no se consideran condenas en Illinois, pero las autoridades de inmigraciĆ³n las considerarĆ”n "condenas". Por lo tanto, es muy importante saber quĆ© cargos resultarĆ”n en una acciĆ³n automĆ”tica, quĆ© cargos no tendrĆ”n efecto inmediato y aquellos cargos que, en efecto acumulativo con delitos anteriores, pueden desencadenar una acciĆ³n negativa.
Efecto del TrĆ”fico y Condenas Penales Sobre la InmigraciĆ³n
Cuando se trata de violaciones de trĆ”fico, la noticia buena es que la mayorĆa de ellos no debe tener efecto inmediato sobre la propia situaciĆ³n migratoria por sĆ mismos, ya que no entran en las categorĆas de casos que pondrĆan en marcha una acciĆ³n inmediata. Los siguientes tipos de casos resultarĆ”n en la remociĆ³n de un extranjero legalmente presente, incluso un residente permanente legal:
- Delitos que involucran depravaciĆ³n moral, que es un delito que involucra fraude, deshonestidad o daƱo fĆsico a otra persona, como robo, falsificaciĆ³n, agresiĆ³n, etc., cometidos por una persona dentro de los 5 aƱos de su entrada a los Estados Unidos, o 10 aƱos despuĆ©s en el caso de un "chivato" o informante del gobierno al que se le concede un ajuste de estatus a residente legal a cambio de su ayuda en la persecuciĆ³n de ciertos delitos;
- MĆŗltiples 'condenas' criminales que involucran dos o mĆ”s delitos de vileza moral (instancias separadas);
- Un delito grave agravado, como asesinato, violaciĆ³n, abuso sexual de un menor, trĆ”fico de drogas, trĆ”fico de armas de fuego o dispositivos destructivos, lavado de dinero y una serie de delitos relacionados con armas y drogas, pornografĆa infantil, RICO/juego organizado, secuestro/rescate, delitos de demanda, o administraciĆ³n de una casa de prostituciĆ³n, etc. AdemĆ”s, los delitos de violencia en los que la pena puede ser de un aƱo o mĆ”s de prisiĆ³n y los delitos contra la propiedad como hurto, robo y posesiĆ³n de propiedad robada, si conllevan una pena de uno aƱo o mĆ”s, etc.
- Una violaciĆ³n del TĆtulo 18, CĆ³digo de los Estados Unidos, SecciĆ³n 758, que trata sobre Vuelo de Alta Velocidad desde un punto de control de inmigraciĆ³n; y
- No registrarse como delincuente sexual
Es notable que para los nĆŗmeros 1-4, un indulto presidencial completo de la ofensa permitirĆ” una exenciĆ³n del procedimiento de expulsiĆ³n, pero no el nĆŗmero 5 anterior.
Otros delitos que resultarĆ”n en procedimientos de expulsiĆ³n inmediata / automĆ”tica son los delitos que involucran sustancias controladas (como cocaĆna o heroĆna), con la excepciĆ³n de un solo delito de posesiĆ³n simple de menos de 30 gramos de cannabis. Una persona que se encuentre abusando de drogas o adicta tambiĆ©n estĆ” sujeta a remociĆ³n. Cualquier tipo de delito con armas de fuego (en Illinois, uso ilegal de un arma, posesiĆ³n de un arma de fuego sin un FOID vĆ”lido o cualquier otra violaciĆ³n que involucre el uso de un arma de fuego), cualquier violaciĆ³n que involucre violencia domĆ©stica, acecho, abuso o negligencia infantil, abandono de un niƱo, o violar las prohibiciones de una orden de protecciĆ³n contra amenazas de violencia, acoso repetido o infligir lesiones.
CrĆmenes y Delitos Pueden Negar la AdmisiĆ³n en los Puestos Fronterizos
Por supuesto, es posible que una persona no estĆ© sujeta a expulsiĆ³n forzosa debido a su historial, pero es posible que se considere que es "inadmisible" para ingresar a los Estados Unidos en un cruce fronterizo. Entonces, digamos que alguien aquĆ se va legalmente del paĆs y trata de regresar. Los inspectores en el puesto de control determinan que usted tiene un historial de arrestos criminales que levanta "banderas rojas". Tras realizar investigaciones adicionales, se determina que usted no es admisible con su visa, y que van a ser negada la entrada y volviĆ³ de nuevo, o tal vez admitido por "libertad condicional", lo que requerirĆa que aparecerĆ” en las oficinas de inmigraciĆ³n para ser "inspeccionadas" por un oficial, momento en el que tendrĆa la oportunidad de mostrar documentaciĆ³n que lo hace admisible, o ser expulsado sobre la base de ser inadmisible.
Incluso un extranjero residente legal puede ser considerado "inadmisible" en un puesto de control fronterizo si tiene antecedentes penales que, si bien pueden no calificar para la expulsiĆ³n, provocan la denegaciĆ³n de entrada. Entre las diversas bases penales para denegar la admisiĆ³n de un extranjero segĆŗn el CĆ³digo de los Estados Unidos se encuentran:
- (i) Todo aquel que sea condenado, o que reconozca haber cometido o admita actos que constituyan los elementos de:
- Un crimen que involucre "vileza moral" que no sea un delito "puramente polĆtico", o cualquier intento de cometer o conspiraciĆ³n para cometer tal crimen; o
- Una violaciĆ³n, intento o conspiraciĆ³n para violar cualquier ley o reglamento de un Estado, los Estados Unidos o cualquier paĆs extranjero de una Sustancia Controlada como se enumera en el TĆtulo 21, CĆ³digo de los Estados Unidos, SecciĆ³n 802
NOTA: Existe una excepciĆ³n de "delito Ćŗnico" a lo anterior, en el caso de una persona menor de 18 aƱos en el momento en que se cometiĆ³ el delito y que fue liberada de libertad condicional u otra sentencia o confinamiento mĆ”s de 5 aƱos antes de la Solicitud de Visa O la pena mĆ”xima por dicho delito es de menos de un aƱo de prisiĆ³n, y la pena real impuesta fue de menos de 6 meses de prisiĆ³n.
- Condenas penales mĆŗltiples: 2 o mĆ”s condenas como se definiĆ³ anteriormente para las cuales el nĆŗmero de aƱos de cĆ”rcel condenados (no cumplidos) cuando los suma es de 5 aƱos o mĆ”s;
- Traficantes de sustancias controladas: esta base es ligeramente diferente, y se puede llamar a esto la regla "Escobar" o "Chappo", donde se le puede negar la admisiĆ³n a una persona cuando el oficial consular o el fiscal general sabe o tiene motivos para creer que Ć©l o ella:
- es o fue un traficante ilĆcito de cualquier sustancia o sustancia quĆmica controlada, o es / fue un ayudante, cĆ³mplice, asistente, conspirador o cĆ³mplice con otros para traficar sustancias ilĆcitas; O
- es el cĆ³nyuge o hijo de un extranjero inadmisible segĆŗn (C) (i) anterior, y ha obtenido, dentro de los 5 aƱos anteriores, un beneficio financiero o de otro tipo de la actividad ilĆcita y conocĆa o deberĆa haber conocido razonablemente la fuente ilĆcita;
- ProstituciĆ³n u otro vicio comercial: personas que vienen a los EE. UU. Con la intenciĆ³n de participar en actos de prostituciĆ³n, o que lo han hecho dentro de los 10 aƱos posteriores a la solicitud de Visa, personas que se dedican a administrar una casa de prostituciĆ³n o "proxenetismo" u otra organizaciĆ³n comercializada vicio de actividad;
- Cualquier persona involucrada en un "delito grave" que haya afirmado inmunidad de enjuiciamiento y que busque el reingreso; esto se define como cualquier delito grave, cualquier delito de violencia o conducciĆ³n imprudente, DWI o DUI si se produjeron lesiones personales a otra persona.
Entonces, digamos que mientras estuvo aquĆ visitando Chicago en el pasado, tomĆ³ un caso de DUI como primera ofensa, que no involucrĆ³ un accidente. En Ćŗltima instancia, fue declarado culpable y sentenciado a supervisiĆ³n judicial, que completĆ³ con Ć©xito. En Illinois, no fue condenado, pero segĆŗn la ley federal, sĆ lo fue. En el puesto de control fronterizo, el agente descubre su registro de DUI. No se sabe de inmediato (ni podrĆa serlo) si su caso involucrĆ³ "lesiones personales a otra persona". Sin otras bases criminales o de otro tipo que le nieguen la admisiĆ³n, lo mĆ”s probable es que lo admitan "en libertad condicional" y se le pedirĆ” que se someta a una inspecciĆ³n adicional en una entrevista en el futuro. Siempre que su caso no implique lesiones personales a otra persona, debe ser admitido en su totalidad bajo cualquier base legal que se aplique.
Llame a Nuestros Abogados de Defensa Criminal de InmigraciĆ³n de Chicago Hoy para una Consulta Gratuita
Lo anterior no es una lista exhaustiva de todas y cada una de las posibles razones por las que se le puede negar la admisiĆ³n o expulsiĆ³n de los Estados Unidos. Si le preocupa su situaciĆ³n personal, debe buscar el asesoramiento individualizado que necesita de un abogado con licencia que se especialice en asuntos de inmigraciĆ³n. Pero tambiĆ©n debe llamar a los abogados defensores de Chicago de Mitchell S. Sexner & Associates LLC al (312) 644-0444 para una consulta gratuita y obtener ayuda para abordar cualquier inquietud criminal o de trĆ”fico subyacente que pueda afectar su estado. Llame hoy sin compromiso ni costo.